(4) La disposición Segunda del articulo 2°, del Real Decreto 1023/1981, de 22
de mayo del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Seguridad Social (BOE n ° 134, de 5
de junio de 1.981) establece que los Auxiliares Titulados de la Organización de
Trabajos Portuarios que se incorpore a la Seguridad Social se regirá por este
Estatuto.
- Por Orden de 17 de noviembre de 1981 (BOE 298, de 14 de diciembre) se
dictan normas para la integración en las correspondientes plantillas de personal
Auxiliar Sanitario y no Sanitario de la Seguridad Social del personal contratado
fijo de las instituciones Sanitarias.
- Por Ordenes de 19 de junio de 1.988 (BOE. n.° 185, de 11 de Julio de 1986)
y 5 de septiembre de 1.988 (BOE nº 220, de 13 de septiembre de 1.988), del
Ministerio de Sanidad y Consumo se regula la integración del personal de los
Hospitales Clínicos Universitarios en los regímenes estatutarios de la Seguridad
Social.
- El Real Decreto 187/1.987, de 23 de enero (BOE 35, de 10/2/87) suprime el
Organismo autónomo Administración Institucional de la Sanidad Nacional
(AISNA),dependiente del Ministerio de Sanidad y Consumo y adscribe algunos de
sus centros a la Red Asistencial del INSALUD, dando opción a la integración de
determinado personal de dicho Organismo en los regímenes estatutarios de la
Seguridad Social. La Orden de 22 de diciembre de 1987 (BOE 9, de 11-1-88) regula
dicha Integración.
- Por el Real Decreto 417/1987, de 27 de febrero (BOE 74, de 27-3-87) se
suprimió el Organismo autónomo "Casa de Salud Santa Cristina y Escuela Oficial
de Matronas", dependiente del Ministerio de Educación y Ciencia, adscribiéndolo
al Instituto Nacional de la Salud, dando opción al personal contratado en
régimen laboral fijo de dicho Organismo autónomo a integrarse en el
correspondiente régimen estatutario del personal de la Seguridad Social. La
Orden de 22 de diciembre de 1987 (BOE 9, de 11-1-88) regula esa opción de
integración.
- Por Orden de 22 de diciembre de 1987 (BOE 9, de 11-1-88), se regula la
integración de los trabajadores del Hospital de Fuenfría, de la anteriormente
extinguida Caja de Compensación del Mutualismo Laboral, en los Regímenes
Estatutarios de la Seguridad Social.
- Por Orden de 14 de septiembre de 1989 (B.O.E n.° 231, de 26 de septiembre
de 1989), se regula el régimen de opción de integración del personal laboral
fijo del hospital de la Cruz Roja de Melilla en los regímenes estatutarios de la
Seguridad Social.
- Por Real Decreto 1343/1990, de 11 de octubre (BOE 267, 7-11-90) y Orden de
12 de noviembre de 1990 (BOE 274, 15-11-90), se regula la integración del
personal fijo que presta servicios en Instituciones Sanitarias Públicas o de la
Cruz Roja de Madrid, con Convenio de administración y gestión con el Insalud, en
los regímenes estatutarios de la Seguridad Social.
- Por Orden de 11 de noviembre de 1993 (BOE 282, de 25-11-93) se regula la
integración del personal funcionario o laboral fijo del hospital Nuestra Señora
del Carmen, de Ciudad Real, con Convenio de administración y gestión con el
Instituto Nacional de la Salud, en los regímenes estatutarios de la Seguridad
Social.
- La Orden de 22 de febrero de 1994 (BOE n.° 53, de 3-3-94) modifica
parcialmente la Orden de 12 de Noviembre de 1990 por la que se regula la
integración del personal laboral fijo de Instituciones Sanitarias de la Cruz
Roja de Madrid con Convenio de Administración y Gestión con el INSALUD, en los
regímenes estatutarios de la Seguridad Social. La Orden de 21 de julio de 1994
(BOE 175, de 23-7-94) amplia el ámbito de dicha Orden de 22 de febrero de 1994.
- El Real Decreto 1594/1994, de 15 de julio (BOE 215, de 8-9-94), en su
Disposición Adicional Primera dispone: «Los Higienistas dentales y los
Protésicos dentales que presten servicios en Instituciones Sanitarias de la
Seguridad Social quedan incorporados al Estatuto Jurídico de Personal Sanitario
no Facultativo, al que accederán, con las necesarias adaptaciones, por el
procedimiento establecido para los Técnicos Especialistas y con los niveles y
especialidades de titulación exigidos actualmente para las respectivas
profesiones por el Ministerio de Educación y Ciencia.
- Por Orden de 27 de septiembre de 1994 (BOE 243, de 11-10-94), se regula la
integración del personal laboral fijo del hospital «Princesa Sofía», de León,
con Convenio de administración y gestión con el Instituto Nacional de la Salud
en los regímenes estatutarios de la Seguridad Social.
- Por Orden de 16 de enero de 1995 (BOE 42, de 18-2-95), se regula el régimen
de opción de integración del personal laboral fijo del hospital de la Cruz Roja
de Ceuta con convenio de administración y gestión con el Insalud, en los
regímenes estatutarios de la Seguridad Social.